Alguien dijo: "Los cuentos nos ayudan a enfrentarnos al mundo"

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viernes, 15 de junio de 2012

El huevo frito


214. Cuento popular castellano

Diendo un caminante de viaje, llega a una fonda y pide a al­morzar un buevo. Y distraídos el caminante y el fondista, salió aquél sin pagar el huevo.
Trascurridos dos años, vuelve el caminante y pide un poco almuerzo en la misma fonda. Se lo sirvieron y lo comió el cami­nante. Cuando terminó, pidió la cuenta del almuerzo, y, al pagar­lo, le dice al fondista:
-Desde tal fecha le debo a usted un buevo frito. Puede usted añadirlo a mi cuenta.
Y el fondista le dice:
-¡Hombre, al haber trascurrido dos años, habrá qu sacar la cuenta!
Entra en su habitación, coge su pluma, y sumando los pollos y pollas, y la utilidad de aquel huevo en dos años, le sumaba a mil quinientas pesetas. El caminante se negó a pagar tal suma, por el exceso, y el fondista entonces le dice que si no le pagaba, le demandaba. Fueron a hablar con el juez, y éste les señaló día y hora para el juicio, diciéndoles que las dos partes tenían que comparecer ante él provistas de su hombre bueno.
Llegó el día del juicio, y formados el señor juez y el señor fiscal con la parte del demandante en la audiencia, entra el ca­minante del huevo; pero no acude el hombre bueno del deman­dado. En esto van a celebrar juicio, condenando a la parte del huevo por no comparecer con su hombre bueno con arreglo a la ley; pero en este momeno llega el hombre bueno del demandado y saluda a todos. El señor juez le manda sentarse y le dice:
-Hombre, ¿cómo se descuida usted tanto? Ibamos a conde­nar la parte de usted por no comparecer provistos y a su hora con arreglo a la ley.
Y le dice él:
-¡Hombre, me dispense, que he estado cociendo unos gar­banzos para sembrarlos!
Y el señor juez le dice:
-No he oído eso nunca. ¡Cocer garbanzos para sembrarlos!
Creo no puedan nacer los garbanzos cocidos.
Y le respondió el hombre bueno del demandado:
-Lo mismo pueden nacer los garbanzos cocidos que el buevo, después de frito, criar pollos o pollas.
Y en esto el señor juez y el señor fiscal, conociendo la razón, condenaron al fondista a gastos y perjuicios, pagando el deman­dado sólo la válida del buevo frito.

Pedraza de la Sierra, Segovia. Narrador VIII, 26 de marzo, 1936.

Fuente: Aurelio M. Espinosa, hijo                                                            

058. anonimo (castilla y leon)

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